Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0710/2018-S3
Fecha: 14-Ago-2018
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes denunciaron como lesionados sus derechos al debido proceso y a la tutela judicial efectiva con relación al principio de celeridad, puesto que consideraron que la autoridad demandada incurrió en retardación de justicia respecto al trámite del incidente de nulidad por actividad procesal defectuosa; así como sobre la interposición de recusación planteada contra el mismo Juez demandado, al no haber sido resueltas y/o providenciadas de manera oportuna, tal cual establece la normativa procesal penal.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Improcedencia de la acción de amparo constitucional
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- 1)
- i)
- I.3.3. Informe de los terceros interesados
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 15
- III.2. Sobre el derecho de acceso a la justicia
- Artículo 314. (TRÁMITES).
- Artículo 320.- (Trámite y resolución de la recusación)
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.4.1. Respecto al incidente de nulidad por actividad procesal defectuosa
- III.4.2. Respecto al acto de recusación
- REVOCAR