SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0501/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0501/2018-S1

Fecha: 12-Sep-2018

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Cursando el primer año de formación profesional, no se habrían publicado las notas finales “del tercer parcial del semestre” (sic) -en tiempo oportuno-; sin embargo, extraoficialmente -alguien- le dijo que se habría aplazado en tres materias y que debería pedir su baja voluntaria; en tal sentido, el 21 de noviembre de 2016, el “Cap Zapana”, sin siquiera confirmar o preguntar el motivo de su solicitud -de baja-, llenó el formulario de retiro voluntario vulnerando así el art. 9.2 del Reglamento Estudiantil de la Escuela Superior de Policías, ya que el motivo de su baja era que supuestamente tenía tres materias reprobadas cuando en realidad era solo una; lo que ocasionó que, no se presente al examen de segundo turno, obteniendo en consecuencia, la nota de uno.