SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0557/2018-S3
Fecha: 26-Sep-2018
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes denuncian la lesión de sus derechos al debido proceso en sus elementos de fundamentación y motivación, a la “seguridad jurídica”, a la defensa, a la igualdad, a la presunción de inocencia y a la tutela jurídica; toda vez que, las autoridades demandadas dictaron el Auto Interlocutorio 11/17 de 10 de marzo de 2017 y el Auto de Vista 134 de 21 de septiembre del mismo año, de forma discrecional y subjetiva aplicando el art. 314.I del CPP, olvidando que en materia penal no existe la analogía; asimismo, omitieron pronunciarse respecto al incumplimiento del art. 314.II del citado Código por parte de la Jueza a quo, referente a la fijación de audiencia para resolver la excepción planteada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 15
- III.1. Sobre la fundamentación y motivación de las resoluciones
- Fragmento 17
- III.2. Análisis del caso concreto
- ii)
- b)
- CONFIRMAR