SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0575/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0575/2018-S2

Fecha: 25-Sep-2018

ART 182 INC 4) del CPP

Asimismo, en la tercera foja, el “15 de marzo”, se comunicó una ampliación del caso, debido a que la víctima no se apersonó para efectuar una descripción de los hechos; en tal sentido, el Ministerio Público luego de treinta días recibió la descripción de la denuncia, en la cual indicó que la víctima vio en la televisión que efectivos policiales detuvieron a una banda de personas de nacionalidad colombiana y se entrevistó a uno de ellos, en ese momento, reconoció a quien se le sindica de la comisión del delito; posteriormente, a las dos fojas siguientes, cursa un acta de ingreso voluntario firmado por el demandado -ahora accionante-, que refiere que en la ciudad de Nuestra Señora de La Paz el 11 de abril de 2018, a las 07:30 horas autorizó el ingreso de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC) a su domicilio, empero hasta la fecha no se evidencia cómo este acto se encuentra vinculado al medio probatorio o a la obtención de prueba, no pudiendo utilizarse el allanamiento para la búsqueda de personas en el marco de lo dispuesto por el “…ART 182 INC 4) del CPP” (sic).