SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0735/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0735/2019-S3

Fecha: 10-Oct-2019

que el equipo y motor

En tal sentido el Documento Base de Contratación (DBC), es el marco referencial en el que los proponentes, basan sus propuestas, no se lo interpreta cláusula por cláusula o de forma aislada; sino que responde de forma conjunta a las condiciones del contratante, para el bien o servicio solicitado, en la especie, conforme a las especificaciones requeridas para los Ítems 5 y 6 en el apartado 2 sobre las generalidades del equipo sub numeral 3, se establece clara e inequívocamente que el equipo y motor deben ser de última generación, cumplir con las normas ambientales, no tener partes o sistemas reacondicionados Y NO SER ORIGEN CHINO. Si bien la sentencia hace referencia a aquello, pero enfoca que la generalidad no hace a la exigencia específica; sin embargo, para el caso, YA NO EXISTÍA LA NECESIDAD U OBLIGACIÓN DE CONSIGNAR EN LAS ESPECÍFICIONES TÉCNICAS EL ORIGEN DEL MOTOR, PUESTO QUE YA ESTABA EXPRESAMENTE INDICADO CUANDO SE PROHIBE QUE EL EQUIPO Y MOTOR SEAN CHINOS