Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0925/2019-S4
Fecha: 16-Oct-2019
tercera problemática
Por último, en la tercera problemática se cuestionó que las autoridades de alzada demandadas, no hubiesen efectuado una debida ponderación del contrato a futuro presentado con el objeto de acreditar el elemento trabajo a efectos de desvirtuar el riesgo procesal de fuga (art. 234.1 del Código citado), condicionando indebidamente su validez a la acreditación de la representación legal del suscribiente en calidad de empleador, por cuanto a criterio de los accionantes, sería suficiente que conste el contrato de trabajo a futuro con reconocimiento de firmas, se acompañe su ficha de registro y número de identificación tributaria, lo que sí concurrió.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución de la Sala Constitucional
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III.1. La acción de libertad y los alcances de la revisión de la valoración probatoria
- III.2.
- III.3. Análisis del caso concreto
- primera problemática
- Fragmento 17
- denegar
- segunda problemática identificada
- tercera problemática
- CONFIRMAR