Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0959/2019-S1
Fecha: 04-Oct-2019
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 1/2018 de 20 de abril, cursante de fs. 239 a 244, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Horacio Gamarra Téllez contra Jerónimo Manu García, Vocal de la Sala Civil Mixta, de Familia, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública; y, Pazzis Grover Vega Méndez, Vocal de la Sala del Trabajo y Seguridad Social, Administrativa, y Especializada Contenciosa y Contenciosa Administrativa, ambos del Tribunal Departamental de Justicia del Beni; y, Oscar Sotomayor Salvatierra, Juez Civil y Comercial y de Familia Tercero de Riberalta del referido departamento.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principio supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- exigencia de la motivación de las resoluciones, lo que significa, que toda autoridad que conozca de un reclamo, solicitud o que dicte una resolución resolviendo una situación jurídica, debe ineludiblemente exponer los motivos que sustentan su decisión, para lo cual, también es necesario que exponga los hechos establecidos, si la problemática lo exige, de manera que el justiciable al momento de conocer la decisión del juzgador lea y comprenda la misma
- la motivación puede ser concisa, pero clara y satisfacer todos los puntos demandados
- principio de congruencia
- III.3. Otras consideraciones
- CONFIRMAR