SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0989/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0989/2019-S2

Fecha: 21-Oct-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal seguido en su contra por el Ministerio Público a instancias de Gustavo Marcelino Antonio Mercado y Ruth Benita Padilla Aguirre por la presunta comisión de los delitos de incumplimiento de deberes y falsedad ideológica, se le imputó formalmente a través de actuado de 5 de octubre de 2015, en razón a que en su condición de Directora de la Unidad Educativa “Marcos Beltrán Ávila”, habría admitido el traspaso de NN de otro establecimiento educativo durante el 2014, quien pese a no haber asistido a clases tendría nota de aprobación, en ese contexto, activó dos acciones de amparo que le concedieron la tutela en razón a que las “Resoluciones Jerárquicas” tenían diversos defectos que conculcaban el derecho al debido proceso, de forma que la Resolución Jerárquica 83/2018 de 15 de octubre, la que es cuestionada actualmente, en lugar de observar las recomendaciones y conminatorias del juez de garantías, incorporó otras vulneraciones al derecho al debido proceso, pues el 11 de mayo de 2016 emitió una Resolución de sobreseimiento a su favor, la cual fue impugnada por los denunciantes y el Ministerio de Educación, memoriales que fueron respondidos el 18 de julio de igual año.