SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0989/2019-S2
Fecha: 21-Oct-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante refiere que se conculcó su derecho al debido proceso en sus vertientes de congruencia externa e interna, debida fundamentación, motivación y valoración de la prueba en mérito a que mediante la Resolución Jerárquica 83/2018, se revocó la Resolución de sobreseimiento de 11 de mayo de 2016, sin que ésta se refiera a la impugnación contraria, incumpliendo lo referido por un anterior Juez de garantías en una impetración de una antecedente acción de amparo, se contradijo y omitió referirse a algunos aspectos como la adecuación de su conducta al tipo penal atribuido en contra de ella, limitándose a enumerar las pruebas sin valorarlas, de manera que considera que se lesionó el referido derecho fundamental.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- I.2.3.
- Fragmento 7
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- i) No se puede peticionar a través de otro amparo el cumplimiento de una Resolución de amparo u otra acción de defensa (incluye la decisión de los jueces o tribunales de garantías y la del Tribunal Constitucional Plurinacional)
- ii) No se puede, a través de otro amparo, impugnar o cuestionar decisiones de autoridades o personas particulares emergentes de resoluciones de defensa (incluye a la decisión de los jueces o tribunales de garantías y la del Tribunal Constitucional Plurinacional)
- III.2.
- Fragmento 18