SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0998/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0998/2019-S1

Fecha: 09-Oct-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal seguido en su contra por el Ministerio Público por la presunta comisión del delito de suministro de sustancias controladas, el 13 de mayo de 2019, el Juez de Instrucción Penal Cuarto de El Alto del departamento de La Paz -hoy demandado- ordenó su detención preventiva en el Centro Penitenciario de San Pedro del citado departamento, al no haber acreditado contar con un domicilio conocido; al día siguiente de la audiencia de aplicación de medidas cautelares, presentó memorial solicitando la cesación de la detención preventiva con la finalidad de acreditar el elemento de arraigo cuestionado; sin embargo, pasaron los días y semanas “y no  había la resolución de la fecha 14 de Mayo ni el decreto del Sr Juez…” (sic); para luego de manera sorpresiva, el 21 de mayo de 2019, instalarse una audiencia sin haberse cumplido las formalidades de ley, estando todos los días en ventanilla del indicado Juzgado preguntando por su memorial, pero le respondían que no  había salido aun de despacho; el 31 de ese mes y año, presentó otro memorial reiterando su peticion del que tampoco tuvo respuesta, “…con el mismo argumento de secretaria que está en despacho…” (sic); y finalmente se llevó a cabo la audiencia el 17 de junio de dicho año, actuado procesal en el que la autoridad jurisdiccional sin realizar una adecuada valoración del elemento domicilio, declaró improcedente su solicitud.

Señala que al estar con detención preventiva, se ve perjudicado en sus estudios universitarios, motivo por el cual nuevamente solicitó audiencia de cesación de la detención preventiva; empero, no tuvo respuesta alguna por parte del Juez demandado. Asimismo, ante la referida autoridad solicitó control jurisdiccional; toda vez que, el Fiscal de Materia asignado a su caso en varias oportunidades le negó requerimientos que le fueron impetrados, además, de denunciar que no tiene acceso al cuadernillo de investigación, debido a que siempre le indican que el mismo está en despacho.