SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0827/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0827/2019-S3

Fecha: 18-Nov-2019

procedieron a INHABILITAR mi Candidatura

Con posterioridad a ello, el mencionado Comité amplió el tiempo para la presentación de candidaturas, con plazo de inscripción hasta el 1 de febrero de 2019 y el proceso de depuración de listas hasta el 10 de igual mes y año “…Lo que demuestra la vigencia de la referida ampliación de la convocatoria, situación que me hubiese dado lugar a corregir ciertos requisitos si es que no los hubiera cumplido, sin embargo sucedió lo contrario, procedieron a INHABILITAR mi Candidatura, c[o]artándome el derecho a participar de un proceso democrático en mi calidad de asociado con todas mis obligaciones al día…” (sic).

De acuerdo a lo dispuesto en los arts. 66.II de la Ley General de Cooperativas (LGC); y, 40 y 44.III del Decreto Supremo Reglamentario 1995 de la misma Ley, el cobro de dietas o asignaciones no es un acto ilegal por estar previsto en la norma, menos por el que pueda sancionársele sin un debido proceso previo.