SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0942/2019-S4
Fecha: 22-Nov-2019
II.1.
II.1. A través del memorial de 15 de enero de 2019, Claudia Alejandra Serrano Belaunde, por intermedio de su apoderada legal, interpuso demanda de asistencia familiar contra Ramiro Vinicio Ruiz Rivera, por el monto de Bs3 000.- a favor de su hija menor de seis años, adjuntando prueba de la situación del demandado y de las necesidades de la niña; demanda que fue admitida por la Jueza Pública de Familia Tercera del departamento de Chuquisaca, corriendo traslado al demandado, quien por memorial presentado el 5 de febrero del mismo año, respondió solicitando que se declare improbada la demanda y se establezca el monto de asistencia en Bs420.-; señalada la audiencia de juicio celebrada el 15 del mes y año señalados, fue emitida la Sentencia 38/2019 de 20 de febrero, que declaró probada la demanda, determinando una asistencia familiar a favor de la menor, con cargo al demandado de Bs1 200.-; Sentencia que fue notificada a las partes el 7 de marzo de 2019 (fs. 21 a 48).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional. Jurisprudencia reiterada
- 1) Las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de, pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno,
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR