SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0955/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0955/2019-S4

Fecha: 15-Nov-2019

3) Cuando el Juez o Tribunal –una vez analizados los descargos de la o el imputado que compareció− emite una resolución argumentando que el rebelde no justificó su incomparecencia y por tanto quedan latentes los efectos de dicho instituto, corresponde a la jurisdicción constitucional verificar si la resolución judicial se encuentra en el marco del principio de razonabilidad

Por otra parte, el accionante denunció que si bien se levantaron las medidas dispuestas en su contra como el mandamiento de aprehensión, a través del Auto de 13 de mayo de 2019; sin embargo, las autoridades demandadas, determinaron la vigencia de la Resolución 96/2019, que declaró su rebeldía en el entendido de que éste no presentó certificados médicos actualizados que hubieran avalado su estado de salud, concluyendo que a través de esta determinación no se hubiera realizado una valoración adecuada de dichos certificados médicos, lo que implica que el citado Auto no estuviera debidamente fundamentado; al respecto es necesario remitirnos a la regla 3 del trámite mencionado en el Fundamento Jurídico III.1 de este fallo constitucional, que habilita a este Tribunal ingresar a resolver el fondo del cuestionamiento referido a que: “3) Cuando el Juez o Tribunal –una vez analizados los descargos de la o el imputado que compareció− emite una resolución argumentando que el rebelde no justificó su incomparecencia y por tanto quedan latentes los efectos de dicho instituto, corresponde a la jurisdicción constitucional verificar si la resolución judicial se encuentra en el marco del principio de razonabilidad (las negrillas nos corresponden).