Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0955/2019-S4
Fecha: 15-Nov-2019
Fragmento 2
Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público en su contra por el presunto delito de estafa con agravación de víctimas, por Auto Interlocutorio 96/2019 de 10 de abril, las Juezas del Tribunal de Sentencia Penal Tercero de El Alto del departamento de La Paz ‒hoy demandadas‒, en audiencia de medidas cautelares lo declararon rebelde en aplicación del art. 87 del Código de Procedimiento Penal (CPP), sin tomar en cuenta su estado de salud; sin embargo, en esa audiencia, su abogado defensor justificó su inasistencia al amparo del art. 88 del adjetivo penal, pero las autoridades ahora demandadas no consideraron el mismo y decidieron emitir la Resolución antes mencionada.
- acción de libertad
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- I.3.Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza y alcance de la declaratoria de rebeldía
- 3)
- Fragmento 14
- III.2. Análisis del caso concreto
- determinaron el levantamiento de todas las medidas impuestas contra Edgar Raúl Candia Gonzales y dejaron sin efecto el mandamiento de aprehensión emitido en su contra
- 3) Cuando el Juez o Tribunal –una vez analizados los descargos de la o el imputado que compareció− emite una resolución argumentando que el rebelde no justificó su incomparecencia y por tanto quedan latentes los efectos de dicho instituto, corresponde a la jurisdicción constitucional verificar si la resolución judicial se encuentra en el marco del principio de razonabilidad
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