SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0988/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0988/2019-S4

Fecha: 22-Nov-2019

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El solicitante de tutela a través de su representante legal, denuncia la lesión de sus derechos a la defensa, al debido proceso en sus vertientes de fundamentación y congruencia, a la igualdad, acceso a la justicia, legalidad e imparcialidad, a la propiedad, al trabajo y al principio de seguridad jurídica, toda vez que fue notificado por cédula con la RA RA-SS 2298/2015, sin considerar que conforme al art. 70 del DS 29215, correspondía ser notificado de forma personal, aspecto que fue reclamado a la autoridad hoy demandada, a fin de que sea notificado personalmente y poder plantear la respectiva demanda contenciosa administrativa; sin embargo, la nombrada autoridad administrativa se rehusó a hacerlo; motivo por el que interpuso un incidente de nulidad de dicha diligencia, emitiéndose el Informe Legal JRLL-SCE-INF-SAN 253/2018, que negó su pedido, indicando que la notificación por cédula no vulneró derecho alguno ni se lo dejó en indefensión, sugiriendo mantener válida y subsistente la misma, no obstante a que la copia legalizada no fue entregada a alguna persona que se hubiere encontrado en el domicilio, situación que contravino disposiciones legales, siendo causal de nulidad conforme señala el art. 74 del mencionado Decreto Supremo.