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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1010/2019-S4
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1010/2019-S4

    Fecha: 27-Nov-2019

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    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • 1)
    • i)
    • Fragmento 7
    • I.2.3. Informe de los terceros intervinientes
    • denegó
    • I.3. Trámite Procesal en el Tribunal  Constitucional Plurinacional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Excepción a la naturaleza subsidiaria de la acción de amparo constitucional tratándose de menores de edad
    • Las niñas, niños y adolescentes son titulares de los derechos reconocidos en la Constitución, con los límites establecidos en ésta, y de los derechos específicos inherentes a su proceso de desarrollo; a su identidad étnica, sociocultural, de género y generacional; y a la satisfacción de sus necesidades, intereses y aspiraciones’
    • dicho derecho fundamental, como el resto, no es absoluto, encontrando límite igualmente en los derechos de los demás,
    • unidades educativas gozan del derecho autónomo de reglamentar los derechos y deberes de los alumnos; asimismo, disponer las faltas, sanciones y el procedimiento para imponerlas
    • o a través de redes sociales
    • III.4.  El debido proceso disciplinario escolar
    • no es contrario a derecho que los procedimientos sean más ágiles y menos formalistas sin dejar las normas básicas del derecho al debido proceso, salvo que los alumnos o menores mediante sus padres o tutores, reconozcan las faltas que hubieran cometido, en cuyo caso, la entidad escolar a través de sus autoridades conformadas según Reglamento podrá decidir directamente la sanción que consideren correspondiente a la falta cometida
    • III.5.  Análisis del caso concreto
    • Fragmento 28
    • CONFIRMAR

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