SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1071/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1071/2019-S1

Fecha: 14-Nov-2019

III.1. De la fundamentación y motivación de las resoluciones como parte del debido proceso

La SCP 0266/2019-S1 de 22 de mayo, citando a su vez a la SCP 1250/2015-S3 de 9 de diciembre, sobre este particular, señaló que: ”’El derecho al debido proceso se encuentra reconocido en el art. 115.II de la CPE, el cual dispone: ‘El Estado garantiza el derecho al debido proceso, a la defensa y a una justicia plural, pronta, oportuna, gratuita, transparente y sin dilaciones’, a su vez, el art. 117.I de la misma Norma Suprema, señala: ‘Ninguna persona puede ser condenada sin haber sido oída y juzgada previamente en un debido proceso…’.