SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1134/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1134/2019-S1

Fecha: 28-Nov-2019

i)

Roberto Ismael Nacif Suarez, Vocal de la Sala Civil Mixta, de Familia, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública del Tribunal Departamental de Justicia de Beni en suplencia legal de la Sala Penal del aludido Tribunal, presente en audiencia señaló que: i) La situación jurídica del accionante fue determinada por una autoridad que ejerce el control jurisdiccional dentro del proceso penal que se le sigue, autoridad que en uso de sus facultades ordenó la revocatoria de las medidas sustitutivas que se impusieron; y, ii) Apelada que fue dicha determinación fue resuelta por su persona y su colega en suplencia legal de la Sala Penal, y en base a un criterio fundamentado y dentro de sus atribuciones como Tribunal de alzada, tomaron la decisión de confirmar la Resolución del Juez a quo, dentro del marco de la jurisdicción ordinaria, por lo que la justicia constitucional no puede entrar a valorar el fondo de lo deferido; es decir, revisar nuevamente lo analizado por el Juez de primera instancia o  lo que la Sala de apelación determinó.

Marlene Arteaga Vaca, Vocal de la Sala Civil Mixta, de Familia, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública del Tribunal Departamental de Justicia de Beni en suplencia legal de la Sala Penal del referido Tribunal, en audiencia manifestó que no cometieron ninguna vulneración contra el impetrante de tutela pues, la alegación que se efectúa sobre el “CD” debió realizarla en el momento oportuno ante el Juez cautelar y no en la presente acción de libertad.