SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1140/2019-S1
Fecha: 29-Nov-2019
concedió
El Juez Público Mixto Civil y Comercial, de la Familia, de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Roboré del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 02/2019 de 9 de mayo, cursante de fs. 986 a 989 vta., concedió la tutela impetrada, disponiendo que la autoridad demandada resuelva el pedido de extinción por inactividad procesal formulado el 9 de abril de 2019, sea en el término establecido en el art. 212.II del CPC, debiendo practicarse nuevas citaciones a todas las partes procesales con la demanda y el Auto de admisión, decisión asumida, bajo los siguientes fundamentos: a) Respecto al principio de subsidiariedad, se tiene que al haber interpuesto la peticionante de tutela la solicitud de enmienda a efecto de que la autoridad judicial pueda subsanar su error, se tiene que el mismo fue observado, no existiendo otra instancia a la cual se pueda acudir; b) La providencia de 22 de abril de 2019, por la que el Juez demandado declaró no ha lugar la petición de enmienda se encuentra debidamente fundamentada; c) De acuerdo a los arts. 247 y 248 del CPC, la autoridad jurisdiccional no debió disponer el traslado; y, d) En cuanto a la extinción de la acción por inactividad procesal, el señalado Código no deja en indefensión, pues a partir del art. 249 de la misma norma, se establece que se podrá presentar nuevamente la demanda dentro de los seis meses.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principio supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.
- Para que la jurisdicción constitucional analice la actividad interpretativa realizada por los tribunales de justicia, los accionantes deben hacer una sucinta pero precisa relación de vinculación entre los derechos fundamentales invocados y la actividad interpretativa - argumentativa desarrollada por la autoridad judicial. Demostrando ante esta justicia constitucional que se abre su competencia en miras a revisar un actuado jurisdiccional, sin que ello involucre que la instancia constitucional asuma un rol casacional, impugnaticio o supletorio de la actividad de los jueces
- Por una incorrecta aplicación del ordenamiento jurídico,
- III.2. Análisis del caso concreto
- La importancia del debido proceso esta ligada a la búsqueda del orden justo
- REVOCAR