SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1148/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1148/2019-S1

Fecha: 29-Nov-2019

1)

Solicita se conceda tutela, y en consecuencia: 1) Se deje sin efecto el Auto Interlocutorio 138 de 16 de mayo de 2018 así como el Auto de Vista 452/18 de 27 de septiembre de 2018; y, 2) Se ordene a los Vocales demandados, emitan un nuevo fallo en sujeción a los preceptos legales y jurisprudenciales desarrollados en la presente acción tutelar y sea aplicando el art. 247 del CPC con la debida congruencia.

1)  La causa es un proceso ejecutivo de estructura monitoria, establecido en los art. 376 (procedencia) y siguientes del CPC; proceso con características particulares que rige un procedimiento especial que tiene por objeto la resolución rápida de conflictos jurídicos en los que no existe contradicción. En ese entendido, la parte ejecutada -hoy peticionante de tutela- erróneamente planteó la extinción por inactividad procesal sin considerar lo previsto en los arts. 380 y 381 de la norma adjetiva civil, que establecen que una vez citada con la demanda y la sentencia inicial se debió presentar alguna excepción establecida como único medio de defensa ante un proceso de esta naturaleza y no así un incidente de extinción por inactividad procesal.

    CONCEDER en parte la tutela solicitada, únicamente respecto a dejar sin efecto el Auto de Vista 452/18 de 27 de septiembre de 2018, debiendo la Sala Civil y Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar Doméstica y Pública Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, cuyos integrantes son ahora demandados, pronunciar un nuevo Auto de Vista observando los fundamentos de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional en cuanto a los derechos al debido proceso en sus elementos de fundamentación, motivación y congruencia.