SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1148/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1148/2019-S1

Fecha: 29-Nov-2019

I.2.2. Informe de las autoridades demandadas

Irma Villavicencio Suárez, Vocal de la Sala Civil Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar Doméstica y Pública Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante informe escrito, cursante a        fs. 111 y vta., solicitó se deniegue la tutela, manifestando que la presente acción tutelar no se encuentra debidamente fundamentada y motivada pues no se indica de forma clara, concreta y precisa cómo y de qué forma es que la Resolución dictada por el Tribunal de alzada causó la supuesta vulneración de derechos constitucionales que se alega, máxime si este cumple a cabalidad con las exigencias establecidas en los arts. 213 y 218 del CPC puesto que se resolvió cada uno de los puntos de agravios expuestos por la parte apelante; tal cual, se evidencia en el Considerando Primero y Segundo del referido Auto de Vista; además que, el mismo sigue los lineamientos establecidos en la jurisprudencia sentada por el Tribunal Supremo de Justicia, siendo el Auto de Vista, claro, preciso y concreto en su texto y contenido.

Samuel Saucedo Iriarte, Vocal de la Sala Civil Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar Doméstica y Pública Tercera del Tribunal Departamental de Justicia y Jacquelin Peña Sarabia, Jueza Pública Civil y Comercial Décima Quinta del mismo departamento, no asistieron a la audiencia ni presentaron informe, pese a sus citaciones cursantes a fs. 99 y 97, respectivamente.