ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1134/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1134/2019-S2

Fecha: 23-Dic-2019

aceptada la excusa o la recusación, la separación de la o el Juez ser definitiva, aun cuando desaparezcan las causales que las determinaron

En ese contexto y efectuando una interpretación sistemática de las normas citadas, se colige que la excusa producida de oficio -en base a las causales previstas en el art. 316 del CPP- o promovida la recusación, inhibe a la autoridad judicial del conocimiento de un proceso y de emitir resoluciones posteriores que comprometan su imparcialidad, bajo sanción de nulidad. En caso de aceptarse la excusa o probar la recusación, la separación del Juez o Jueza es definitiva, a pesar que de manera posterior desaparezcan las causas que la motivaron.