SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1055/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1055/2019-S4

Fecha: 16-Dic-2019

i)

Por otro lado, en audiencia de consideración de la presente acción de defensa, sus argumentos fueron ampliados de la siguiente manera: i) La Presidenta Ejecutiva de la Aduana Nacional de Bolivia, no tiene legitimación pasiva para ser demandada en la presente acción tutelar; puesto que, no intervino en la sustanciación de los procesos administrativos que se llevaron a cabo en las distintas regiones del país, existiendo para aquello, nueve administradoras regionales; ii) Se prescindió del previo proceso legalmente establecido; toda vez que, las resoluciones de las cuales, se pide la nulidad, son de alcance particular y susceptibles de impugnación, conforme establece el art. 4 de la Ley 3092 de 7 de julio de 2005; por lo tanto, no fueron agotadas las vías idóneas para restituir sus derechos supuestamente vulnerados; y, iii) Fue inobservado el principio de inmediatez, ya que los supuestos actos lesivos a los derechos del impetrante de tutela fueron consecuencia de la emisión de la RA AN-GRLGR-LAPLI-RESADM 1374/2017 y del Auto Administrativo de Ejecutoria AN-GRLGR-LAPLI-AEF 645/2018, mismos que fueron notificados el 8 de febrero y 30 de mayo del mismo año respectivamente; por lo que, de manera errónea se acudió a la Presidencia de la ANB.