Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1084/2019-S4
Fecha: 18-Dic-2019
II.1.
II.1. Por memorial presentado el 16 de abril de 2018, ante el Juzgado de Instrucción Penal Primero de Warnes del departamento de Santa Cruz, el abogado del ahora accionante, solicitó sustitución de medidas cautelares en base al art. 239.2, 3 y 4 del CPP, pidiendo la cesación a la detención preventiva del mencionado procesado (fs. 39 a 43 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3.
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- concedió
- I.2.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La celeridad en las actuaciones vinculadas con la libertad personal y la acción de libertad de pronto despacho
- 3) Traslativo o de pronto despacho, a través del cual se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona privada de libertad
- ‘…busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad, precisamente para la concreción del valor libertad, el principio de celeridad y el respeto a los derechos’.
- tramitadas, resueltas
- III.2. Análisis del caso concreto
- numerales
- III.3. Otras consideraciones
- CONFIRMAR en parte