SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1084/2019-S4
Fecha: 18-Dic-2019
III.3. Otras consideraciones
Como emergencia de la concesión de tutela dispuesta por el Tribunal de garantías, el Tribunal de Sentencia Penal Primero de Montero de Santa Cruz, el 15 de junio de 2018, determinó la aplicación de medidas sustitutivas a la detención preventiva en favor del ahora accionante. Luego el 18 de julio de igual año, el Tribunal Penal de Sentencia precitado, estableció la modificación de las medidas sustitutivas a la detención preventiva, aclarando que deberán ser cumplidas una vez que el sindicado recupere su salud, por lo que dispuso la libertad en favor del hoy accionante; vale decir, que lo impetrado en la presente acción de libertad, ya fue resuelto por otra autoridad y que por la gravedad del estado de salud del accionante, corresponde en su caso mantener los efectos de dicha concesión.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3.
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- concedió
- I.2.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La celeridad en las actuaciones vinculadas con la libertad personal y la acción de libertad de pronto despacho
- 3) Traslativo o de pronto despacho, a través del cual se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona privada de libertad
- ‘…busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad, precisamente para la concreción del valor libertad, el principio de celeridad y el respeto a los derechos’.
- tramitadas, resueltas
- III.2. Análisis del caso concreto
- numerales
- III.3. Otras consideraciones
- CONFIRMAR en parte