Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1084/2019-S4
Fecha: 18-Dic-2019
II.3.
II.3. Mediante Auto Interlocutorio 86 de 21 de mayo de 2018, la Jueza de Instrucción Penal Primera de Warnes del departamento de Santa Cruz –ahora demandada–, señaló “Habiendo sido devuelto el expediente por el Tribunal de garantías, dentro del plazo otorgado por la Resolución de fecha 11 de mayo de 2018, dando cumplimiento a la resolución emitida por el Tribunal Octavo de Sentencia de la Capital”, determinó declarar improcedente la cesación a la detención preventiva del imputado Saúl Heredia Méndez (fs. 45 a 46 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3.
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- concedió
- I.2.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La celeridad en las actuaciones vinculadas con la libertad personal y la acción de libertad de pronto despacho
- 3) Traslativo o de pronto despacho, a través del cual se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona privada de libertad
- ‘…busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad, precisamente para la concreción del valor libertad, el principio de celeridad y el respeto a los derechos’.
- tramitadas, resueltas
- III.2. Análisis del caso concreto
- numerales
- III.3. Otras consideraciones
- CONFIRMAR en parte