Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1084/2019-S4
Fecha: 18-Dic-2019
II.4.
II.4. Por Auto Interlocutorio 85 de 21 de mayo de 2018, la Jueza de Instrucción Penal de Warnes del departamento de Santa Cruz –ahora demandada–, expresó que, “Se resuelve a la fecha, en cumplimiento a la resolución constitucional de fecha 11 de mayo de 2018, dentro de la acción de libertad planteada por el imputado”, rechazando y declarando infundado el incidente de defectos absolutos y la impugnación de la imputación formal planteado por Saúl Heredia Méndez (fs. 47 a 49 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3.
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- concedió
- I.2.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La celeridad en las actuaciones vinculadas con la libertad personal y la acción de libertad de pronto despacho
- 3) Traslativo o de pronto despacho, a través del cual se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona privada de libertad
- ‘…busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad, precisamente para la concreción del valor libertad, el principio de celeridad y el respeto a los derechos’.
- tramitadas, resueltas
- III.2. Análisis del caso concreto
- numerales
- III.3. Otras consideraciones
- CONFIRMAR en parte