VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0064/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0064/2019

Fecha: 18-Dic-2019

COMPETENTE

La suscrita magistrada, no comparte la decisión adoptada en la SCP 0064/2019 de 18 de diciembre, que resolvió declarara COMPETENTE a la jurisdicción indígena Originaria Campesina para los hechos que derivaron en la denuncia interpuesta  por Inocencio Alí Mamani y Otros contra Natalio Munguía Mamani, Leonardo Moya Mamani, Fabián Hilarión Flores, Constantino Hilario Mamani, Paulino Apaza Jáuregui, Antonio Hilario Mamani, Víctor Cananeo Mamani Moya, Angelino Hilarión Flores, Mario Pérez Moya, Simón Moisés Hilario Mamani, Pablo Alí Mamani, Venancio Mamani Hilari y Francisco Mamani Yuli por la presunta comisión de los delitos de falsedad material, falsedad ideológica, uso de instrumento falsificado y asociación delictuosa, disponiendo que sea asumida la competencia por una autoridad diferente a las involucradas en los hechos o controversia suscitada, a fin de garantizar la objetividad e imparcialidad en su conocimiento y resolución; por lo que en conformidad a lo dispuesto por el art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo), en el plazo legal establecido, emite su voto disidente bajo los siguientes argumentos jurídico constitucionales.