AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0015/2019-O
Fecha: 21-Mar-2019
a)
Wilfredo Núñez Camacho, Juez Público de Familia Cuarto del departamento de Chuquisaca, mediante informe presentado el 2 de mayo de 2018, cursante de fs. 1286 a 1288, señaló que: a) Los argumentos del presente recurso de queja, son reiterativos y fueron objeto de análisis a tiempo de dictar la Resolución 03/2017, que fue confirmada por la SCP 1160/2017-S2, y al presente ambas Resoluciones tienen autoridad de cosa juzgada; b) En un análisis exegético del memorial, se advierte que no formula ninguna fundamentación que impugne el contenido de la Resolución 246/2018; asimismo, no identifica qué parte de la SCP 1160/2017-S2 fue incumplida o demorada en su cumplimiento; c) Rubén Costas Aguilera, obra de mala fe e incumple el principio de lealtad procesal, puesto que con absoluta falta de objetividad acusa arbitrariedad e incumplimiento de la referida Sentencia Constitucional Plurinacional, sin considerar que lo único que hizo el juzgador, fue cumplir a cabalidad lo dispuesto por esta; y, d) Obrar en contrario constituiría una vulneración al art. 15 del Código Procesal Constitucional (CPCo), concordante con los arts. 203 y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE), dado que la medida cautelar determinada por el Tribunal Constitucional Plurinacional, no desconoce el derecho de percibir regalías, más bien, condiciona su pago a la realización de un estudio técnico para determinar si los reservorios de gas son compartidos o no conforme a la normativa vigente.
- Esteban Urquizu Cuellar
- I.1. Contenido de la queja por incumplimiento
- desestimó
- descongelamiento de regalías
- notificada a las partes el 13 de diciembre de 2017,
- 2°
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- a)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- i)
- III.1. El procedimiento de queja por incumplimiento total o parcial, sobrecumplimiento, cumplimiento diferente o distorsionado o tardío en la ejecución de una resolución constitucional con calidad de cosa juzgada: Su aplicación a las acciones de defensa
- 1)
- 3)
- 4)
- primer planteamiento
- segunda problemática
- IMPROCEDENCIA