Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0015/2019-S1
Fecha: 14-Mar-2019
II.3.
II.3. Las autoridades demandadas en audiencia de acción de libertad de 25 de mayo de 2018, según consta en el acta cursante de fs. 100 a 111, señalaron que las denuncias de amenazas de quemarle vivo al accionante y su familia son falsas y que la determinación de expulsión y el traspaso de sus propiedades a la quinta sección fue por no haber rendido cuentas de su administración cuando se encontraba como Alcalde del Municipio de Cairoma, presionados por las autoridades de la Central provincial y las comunidades que aglutina, esperando hasta ahora su informe sobre lo que se le acusa.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1. La acción de libertad, su naturaleza y ámbito de protección
- incluso ahora a través de la acción de libertad puede tutelarse el derecho a la vida y no solamente cuando se encuentra relacionada a la restricción de la libertad, sino también cuando sea a consecuencia de ella, lo cual implica que puede interponerse ese medio constitucional cuando su vida se encuentra en peligro
- III.3.1.Con relación a la primera problemática
- III.3.2. Con relación a la segunda problemática
- CONFIRMAR