SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0025/2019-S1
Fecha: 25-Mar-2019
II.7.
II.7. Mediante memorial presentado el 15 de junio de 2018, bajo la suma “SOLICITA: PERDON DEL OFENDIDO”, el hoy impetrante de tutela solicitó a la autoridad demandada, corrija procedimiento y revoque el Auto de 7 del señalado mes y año (descrito en el punto precedente), para que se posibilite su viaje a la ciudad de Buenos Aires de la República de Argentina a realizarse la cirugía que requiere, manifestando que una vez restablecida su salud retornará al país y que de comprobarse que la documentación presentada por el querellante es falsificada, errónea o quedara nula por alguna razón, se proceda a revocar el perdón del ofendido y retornará al penal para continuar cumpliendo su sentencia como se tiene ordenado (fs. 18 a 19 del Expediente 24486-2018-49-AL)
- acciones de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- Fragmento 4
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- I.3.1. Hechos que motivan la acción
- i)
- Fragmento 9
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III.
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- III.1.
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.3. Otras consideraciones
- CONFIRMAR