SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0028/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0028/2019-S3

Fecha: 01-Mar-2019

i)

Santiago Delgadillo Villalpando, Juan Luis Cuevas Guagama, Alfredo Miguel Vilca Conde y Javier Freddy Huanca Tintaya, actuales miembros del Tribunal Disciplinario Superior Permanente de la Policía Boliviana, por medio de su representante, en audiencia señalaron que: i) El accionante durante toda la investigación no justificó la tenencia del “Handy” reportado como desaparecido, pese a que tuvo la oportunidad de poder brindar su deposición ante los órganos investigativos; pero no lo hizo, se acogió al derecho constitucional del silencio; ii) Se valoraron todas la pruebas presentadas en el proceso, y debido a ello es que se impuso una sanción menor de la que correspondía; iii) Los tribunales de garantías no son supletorios; y iv) El impetrante de tutela al momento de iniciar la audiencia de juicio oral, no hizo conocer la supuesta irregularidad de falta de notificación, habiendo consentido la misma; por lo que, solicitaron se deniegue la tutela.