SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0028/2019-S3
Fecha: 01-Mar-2019
II.5.
II.5. Consta Requerimiento de Ampliación de Inicio de Investigación de 16 de noviembre de 2016; por el que, el Fiscal Policial referido “En apego al Reglamento de la Fiscalía que dice en su Art. 18 parte ultima ‘Si en la fase investigativa disciplinaria se encuentran nuevos elementos de convicción contra la Servidora o Servidor público Policial que está siendo investigado o contra posibles implicados la o el Fiscal Policial podrá requerir por la ampliación de la investigación, haciendo mención a la nueva calificación provisional de las faltas e identificando a las nuevas o nuevos denunciados’” (sic); en virtud a ello, dispuso la ampliación de investigación en contra de los funcionarios policiales Luis Omar Nina Toro y Zaida Lora Choquecalato (fs. 82 a 83).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derecho supuestamente vulnerado
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la fundamentación y motivación de las resoluciones como elementos del debido proceso
- III.2. La congruencia como componente del debido proceso
- III.3. Análisis del caso concreto
- i) Defectos absolutos insubsanables del procedimiento;
- III.3.3. Contrastación entre los argumentos expuestos en el memorial de apelación y la Resolución de segunda instancia
- CONFIRMAR