SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0032/0019-S1
Fecha: 25-Mar-2019
II.1.
II.1. Por Resolución 211/2017 de 28 de septiembre, la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró la admisibilidad del recurso de apelación interpuesto por los coacusados -dentro el proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Grover Lagraba Luizaga y José Luis Surco Mamani, por la presunta comisión del delito de tráfico de sustancias controladas-, y la procedencia en parte de las cuestiones expuestas; por lo que, revocó la Resolución 90/2017 de 20 de julio, dictado por el Tribunal de Sentencia Penal Octavo del referido departamento y dispuso, entre otras, la medida sustitutiva de detención domiciliaria de ambos acusados en sus domicilios (fs. 13 a 16 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.
- II.7.
- III.1. La improcedencia de activar otra acción de libertad cuando existe sentencia constitucional en una primera acción tutelar, del cual emerge la que se interpone
- por ser inherentes a la ejecución de una Resolución emitida dentro de otra acción de libertad, corresponden ser denunciados y resueltos ante la Jueza de garantías que conoció dicha acción
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- REVOCAR en todo