Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0032/0019-S1
Fecha: 25-Mar-2019
II.4.
II.4. La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, por Resolución 151/2018 de 29 de mayo, resolvió la apelación anterior y determinó su inadmisibilidad, confirmando en el fondo el fallo impugnado; ante la solicitud de complementación y aclaración, el citado Tribunal aclaró que “…no se ha tocado…” (sic) el fondo de los agravios expuestos por la defensa, declaró no ha lugar a dicha solicitud (fs. 17 a 18).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.
- II.7.
- III.1. La improcedencia de activar otra acción de libertad cuando existe sentencia constitucional en una primera acción tutelar, del cual emerge la que se interpone
- por ser inherentes a la ejecución de una Resolución emitida dentro de otra acción de libertad, corresponden ser denunciados y resueltos ante la Jueza de garantías que conoció dicha acción
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- REVOCAR en todo