Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0032/0019-S1
Fecha: 25-Mar-2019
II.2.
II.2. El 2 de abril de 2018, Grover Lagraba Luizaga impetró modificación de la medida cautelar de detención domiciliaria y se le imponga detención domiciliaria con salida laboral, con horario de trabajo a disposición del Comando General de la Policía Boliviana conforme la Ley de Régimen Disciplinario de la Policía Boliviana; lo que mereció decreto de 3 del mismo mes y año, que señaló audiencia para el 11 del citado mes y año, el cual fue suspendido; a consecuencia de ello se señaló nueva audiencia para el 18 de abril del citado año (fs. 2 a 4 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.
- II.7.
- III.1. La improcedencia de activar otra acción de libertad cuando existe sentencia constitucional en una primera acción tutelar, del cual emerge la que se interpone
- por ser inherentes a la ejecución de una Resolución emitida dentro de otra acción de libertad, corresponden ser denunciados y resueltos ante la Jueza de garantías que conoció dicha acción
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- REVOCAR en todo