Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0032/2019-S3
Fecha: 01-Mar-2019
II.3.
II.3. Mediante RA 030/17 de 7 de diciembre de 2017, el Presidente Constitucional del Estado Plurinacional de Bolivia, en uso específico de su competencia, facultades y potestades conferidas por el parágrafo IV del art. 66 de la Ley Procedimiento Administrativo (LPA), resolvió confirmar en todas sus partes, la RM 196/2017, dictada por el Ministro de Obras Públicas, Servicios y Vivienda (fs. 107 a 114).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Improcedencia de la acción de amparo constitucional
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El derecho al ejercicio de una función pública y sus límites constitucionales
- III.2. En cuanto al derecho al trabajo
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR,