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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0036/2019-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0036/2019-S2

    Fecha: 25-Mar-2019

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    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • 1)
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6
    • III.1. Sobre la imposibilidad de plantear incidentes dentro del proceso administrativo
    • En materia administrativa no resulta razonable exigir el cumplimiento de este requisito, porque la tramitación de una nulidad en la vía incidental, daría lugar a la emisión de una segunda resolución administrativa definitiva
    • En consecuencia cuando se aleguen errores procedimentales cometidos por la administración pública, éstos deberán ser impugnados mediante la interposición de los recursos administrativos contemplados expresamente en la ley; esto es, dentro del proceso principal, aspecto que impide tanto al administrado como a la instancia administrativa, tramitar un incidente de nulidad por cuerda separada o accesoria, al margen de los procedimientos de impugnación previstos (revocatorio o alzada y jerárquico)
    • III.2.  Sobre la aplicación del principio de subsidiariedad vía acción de amparo constitucional
    • a) cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación
    • únicamente en trámites judiciales
    • o equivocados
    • REVOCAR

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