SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0036/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0036/2019-S2

Fecha: 25-Mar-2019

a)

Solicita se conceda la tutela, disponiendo lo siguiente: a) Se deje sin efecto la notificación de 20 de febrero de 2017, que resuelve el recurso jerárquico planteado y las actuaciones procesales hasta la notificación defectuosa y los hechos procesales que derivaron de la misma; b) Anular la respuesta al memorial de 21 de diciembre de igual año – Nota SERECI LP-DD 1106/2017; y, c) Se ordene a la autoridad demandada, realizar nueva notificación con Resolución del recurso jerárquico, cumpliendo con los requisitos y formalidades de ley.

La accionante alega la vulneración de sus derechos al debido proceso en su vertiente de fundamentación y motivación; y, al trabajo, toda vez que:              a) La notificación de 20 de febrero de 2017 con la Resolución Jerárquica        RES. SUM. ADM. ORC. DDRC LP 05/2017, se efectuó cuando su domicilio procesal se encontraba cerrado, siendo que ingresaron tal diligencia por debajo de la puerta del sitio indicado con la firma de una testigo sin cumplir las formalidades correspondientes; b) No se le entregó el Memorándum PRES 234/2017 con Nota SERECI LP-DD 1032/2017, en razón a que no se le confirió tal documento a su abogado al no tener éste poder o mandato expreso para tal acción; y, c) Hubo falta de fundamentación y motivación en la respuesta efectuada mediante Nota SERECI LP-DD 1106/2017, porque se declaró no ha lugar a su incidente de nulidad de notificación y se validó la notificación de 20 de febrero de 2017 sin considerar el art. 33 de la LPA.