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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0036/2019-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0036/2019-S3

    Fecha: 12-Mar-2019

    II.4.

    II.4.  Cursa Resolución Ejecutiva 056/2018 de 27 de febrero, por la cual Luis Antonio Revilla Herrero, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de    La Paz, confirmó la RA 407/2017 emitida por la Dirección de Gestión de RR.HH., por lo que quedan vigentes los Memorándums D.G.RR.HH 1827/2016 y D.G.RR.HH. 1828/2016 (fs. 373 a 379).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • a)
    • I.2.1. Improcedencia de la acción de amparo constitucional
    • I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
    • i)
    • 1)
    • I.3.3. Intervención del tercero interesado
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.4.
    • III.1.  El debido proceso debe ser observado cuando se acusa una causal de retiro. Jurisprudencia reiterada
    • ó para la determinación de sus derechos y obligaciones de orden civil, laboral, fiscal o de cualquier otro carácter’.
    • toda actividad sancionadora del Estado, sea en el ámbito jurisdiccional o administrativo,
    • al establecer la falta de inasistencia
    • Fragmento 18
    • comprender
    • III.4.   Análisis del caso concreto
    • incurrieron en faltas continuas, abandonando sus funciones sin justificación alguna a partir del 18 de julio de 2016

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