SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0040/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0040/2019-S3

Fecha: 12-Mar-2019

a)

El peticionante de tutela mediante su abogado, ratificó íntegramente los fundamentos de la acción de amparo constitucional presentada, y ampliándola manifestó: a) Desde hace un año; es decir, desde 2017, viene presentando notas dirigidas a las autoridades hoy demandadas, las mismas que no recibieron ninguna respuesta; b) El Director de Coordinación con Regiones, Municipios y Organizaciones Sociales, retuvo y retardó la tramitación de la personería de su Sindicato sin motivo alguno al igual que el Gobernador del gobierno Autónomo Departamental de Cochabamba, quien no ordenó que se reencamine el trámite al citado Director; c) Como comunidad, tienen el derecho a participar de las estrategias de programación y planificación del desarrollo dentro de su municipio; y, d) En uso de su derecho a la dúplica, indicó que las certificaciones e informes emitidos por el “Concejo Municipal”, no definen los límites ni tampoco derechos, por lo que reiteró su petición.