AUTO CONSTITUCIONAL 0095/2019-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0095/2019-RCA

Fecha: 09-Abr-2019

cometidas por las servidoras públicas hoy demandadas

         Por ello, se tiene que en este caso que se estudia no existen causales de improcedencia, pues no es posible exigir el cumplimiento del principio de subsidiariedad, siendo aplicable la excepción al mismo, dada la existencia de presuntas medidas de hecho cometidas por las servidoras públicas hoy demandadas; por otra parte, la accionante interpuso esta acción de defensa el 18 de marzo de 2019 dentro del plazo de seis meses, pues el acto considerado vulnerador de derechos tuvo lugar el 14 de igual mes y año; además señala, que no se ingresó en innecesarias demoras para activar la vía constitucional, lo que si bien es legal muchas veces perjudica la verificación de posibles lesiones de derechos, advirtiéndose una actuación diligente al respecto; por lo tanto, se tiene cumplido el principio de inmediatez, por lo que, ahora corresponde verificar el cumplimiento de los requisitos de admisión.