Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0074/2019-S2
Fecha: 03-Abr-2019
II.2.
II.2. La Sala Social y Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante Auto de Vista 12/16 de 29 de febrero de 2016, confirmó en parte la Sentencia 193/2014 y dispuso la cancelación en favor de la accionante de la suma de Bs 87 645,05.-, por concepto de beneficios sociales y multa del 30% (fs. 12 y 13 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención de la entidad tercera interesada
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la interpretación de la legalidad ordinaria
- monto total a cancelarse, incluyendo el mantenimiento de valor
- la actualización debe ser calculada en ejecución de sentencia sobre el monto total al que asciendan los beneficios sociales y derechos laborales adquiridos; luego sobre el monto actualizado debe aplicarse la multa del 30%
- III.3. Análisis del caso concreto
- Bs67 419,27.-
- actualizados
- REVOCAR
- 1) Dejar sin efecto
- 2)
- MAGISTRADO