Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2019-S4
Fecha: 01-Abr-2019
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución de 14 de noviembre de 2018, cursante de fs. 465 a 468 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Osvaldo Boris Gonzáles Huallpa representante legal de Orlando Águila Soto Presidente de la Fundación de Logias Masónicas de Bolivia (FUNLOMASBO) –Gran Logia del Rito de York para Bolivia– contra Jorge Rolando Siles Hinojosa y Myrna Jackeline Ferreira Bermudez.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1.2.1. Improcedencia de la acción de amparo constitucional
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Tutela provisional e inmediata ante medidas de hecho
- la vinculación de dicha medida con la vulneración de un derecho fundamental de carácter primario, y que ello requiera una tutela inmediata; como ser el acceso a la vivienda y a los servicios básicos;
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR