Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0048/2019-S4
Fecha: 01-Abr-2019
II.4
II.4 El 16 de enero de 2018, Juan de Dios Torrico Guillen, a través de su abogado, formalizó ante la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC), denuncia contra autor o autores, por la supuesta comisión del ilícito de privación de libertad, expresando que en esa fecha, un grupo de socios de la Cooperativa Minera “Reserva Fiscal” Ltda. del señalado departamento, lo agredió físicamente y luego lo encerró contra su voluntad en el interior de los ambientes junto a otros dirigentes (fs. 68).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- II.3.
- II.4
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Medidas de hecho
- Fragmento 17
- tratándose de relaciones particulares donde se presentan relaciones de subordinación o de indefensión –como es el caso en materia laboral, pensional, médica, de ejercicio de poder informático, de copropiedad, de asociación gremial deportiva o de transporte o religiosa, de violencia familiar o supremacía social–, la jurisprudencia constitucional, siguiendo los parámetros que la propia Constitución establece, ha intervenido para dejar a salvo la efectividad de los derechos fundamentales en dichas situaciones’
- III.3.
- CONFIRMAR