Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0048/2019-S4
Fecha: 01-Abr-2019
II.5.
II.5. Cursa publicación del periódico “El Potosí”, por la que se informa que después de un acuerdo, se puso fin a la tensión y toma física de la citada Cooperativa Minera, que posteriormente, luego de un entendimiento se estableció que en el lapso de quince días se procedería a la entrega de todos los bienes y activos fijos al nuevo Directorio que fue posesionado por la FEDECOMIN (fs. 111).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- II.3.
- II.4
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Medidas de hecho
- Fragmento 17
- tratándose de relaciones particulares donde se presentan relaciones de subordinación o de indefensión –como es el caso en materia laboral, pensional, médica, de ejercicio de poder informático, de copropiedad, de asociación gremial deportiva o de transporte o religiosa, de violencia familiar o supremacía social–, la jurisprudencia constitucional, siguiendo los parámetros que la propia Constitución establece, ha intervenido para dejar a salvo la efectividad de los derechos fundamentales en dichas situaciones’
- III.3.
- CONFIRMAR