SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0049/2019-S1
Fecha: 03-Abr-2019
i)
Después de la intervención de la parte demandada, finalmente señaló que: i) Se plantearon dos recursos jerárquicos porque no estuvo de acuerdo con la decisión asumida en los diferentes recursos interpuestos; ii) Se hizo hincapié sobre el tercero interesado que fue designado en fecha posterior a la presentación de la presente acción, aclarando que quien goza de inamovilidad laboral por discapacidad es ella; y, iii) Las resoluciones que emite la CGE están a dispensas del público para que conozcan el tenor de las mismas; de esa forma, se conoce que el puesto sigue vacante y estaría siendo ocupado por una interina; por lo que, no se estaría afectando los derechos de un supuesto tercero interesado.
Por memorial presentado el 2 de julio de 2018 (fs. 500 a 501), la hoy accionante solicitó complementación, enmienda y aclaración, impetrando que: i) Se disponga su incorporación inmediata a un cargo análogo con las mismas características, jerarquía, atribuciones y funciones, conforme se manifestó a momento de emitir la Resolución en audiencia; ii) Aclare la protección a la situación del tercero interesado, considerando que la acción de defensa fue presentada el 5 de junio de 2018 y la designación del nombrado se produjo el 6 del mismo mes y año; y, iii) La inmediata cancelación de sus salarios.
La Jueza de garantías, mediante Auto de 4 de julio de 2018 (fs. 502 y vta.), declaró no ha lugar a la complementación, enmienda y aclaración solicitada por la accionante, fundamentando que la misma fue presentada fuera del plazo de veinticuatro horas establecidas para el efecto; y por otro lado, en audiencia ya empleó dicho mecanismo y fue resuelto, por lo que su derecho precluyó, no pudiendo usar la misma facultad por dos veces.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- LA ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- a)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió en parte
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 18
- III.1.
- Fragmento 20
- que precisamente por las característica de confianza y especialidad, no están bajo la protección absoluta de la inamovilidad laboral, ya sea esta producto de embarazo o de discapacidad
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte