SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0051/2019-S2
Fecha: 01-Abr-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante considera que las autoridades demandadas vulneraron sus derechos al debido proceso, a la fundamentación y motivación de las resoluciones, al acceso a la justicia pronta y oportuna, al plazo razonable y a la celeridad; además de los principios de legalidad y taxatividad, irretroactividad de la ley penal, favorabilidad, inviolabilidad de la defensa, verdad material en la administración de justicia y seguridad jurídica; ya que en cumplimiento de la SCP 0385/2016-S2 de 25 de abril, la Sala Plena del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, pronunció el Auto de Vista de 12 de mayo, confirmando entre otras las Resoluciones 52/2014, al no ser posible declarar la extinción de la acción penal por prescripción al tratarse de un delito de carácter permanente y que afecta los derechos e intereses del Estado, y el Auto 54/2014, por no precisar los actos dilatorios de responsabilidad del Ministerio Público y Órgano Judicial, al no indicar las fechas y fojas, tiempo de dilación; además de no mencionar a quien corresponde la responsabilidad, sin que el Auto de 21 de julio de 2017, hubiere dado lugar a la solicitud de aclaración y complementación, por lo que pide la nulidad de los mismos y que se ordene pronunciar una nueva resolución, que aplique de forma debida la ley y jurisprudencia constitucional.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- ii)
- las partes accionante
- la previsión contenida en el art. 16 del CPCo, posibilita a las partes
- la eficacia del cumplimiento o ejecución de las resoluciones constitucionales
- el derecho protector de los demás derechos
- la medida de lo determinado
- se vulnera el derecho a la eficacia de los fallos, cuando se produce un incumplimiento total o parcial de los mismos, o cuando pretendiendo cumplirlos se da un alcance diferente o distorsionado al establecido en el fallo
- la inejecución de sentencias, su ejecución parcial, distorsionada o tardía, acarrea la violación de derechos fundamental de acceso a la justicia o tutela judicial efectiva
- en la medida de lo determinado
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 31
- la ejecución y cumplimiento de una resolución constitucional con calidad de cosa juzgada
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO
- en aquellos casos en los que sean planteados impugnando y persiguiendo la modificación o anulación de una Resolución Constitucional