Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0078/2019-S4
Fecha: 10-Abr-2019
II.11.
II.11. La providencia de 8 de mayo de 2017, emitida por José Romero Soliz, Presidente de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, en respuesta a los dos memoriales que anteceden, declaró purgada la rebeldía de la acusada Mirtha Patricia Quevedo Acalinovic, –ahora accionante– y dejó sin efecto las órdenes dispuestas dentro de la causa penal. Asimismo, la dio por apersonada, disponiendo que debía adherirse a lo señalado en el Auto de Admisión de 24 de abril de 2017; y declaró no ha lugar los incidentes planteados por ser extemporáneos. Con relación a la excepción de acción penal por prescripción, señaló que sería resuelta junto con la apelación restringida (fs. 3).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia relativa a la revisión de la actividad de otros tribunales por la justicia constitucional
- III.2. Motivación de las resoluciones. Jurisprudencia reiterada
- III.3.
- procederá solamente contra las providencias de mero trámite
- REVOCAR en parte