Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0078/2019-S4
Fecha: 10-Abr-2019
II.3.
II.3. Por memorial de 30 de junio de 2015, Carlos Marcelo Escobar Humérez, designado defensor de oficio a Mirtha Patricia Quevedo Acalinovic,–ahora demandada– presentó incidente de defecto absoluto, reclamando la vulneración de los derechos a la defensa, al debido proceso y a la presunción de inocencia, originados en defectos absolutos, tales como la notificación ilegal de la acusada, falta de consignación de los datos generales de su defendida en la imputación y no se consideró que se encontraba refugiada en el vecino país del Perú (fs. 200 a 204).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia relativa a la revisión de la actividad de otros tribunales por la justicia constitucional
- III.2. Motivación de las resoluciones. Jurisprudencia reiterada
- III.3.
- procederá solamente contra las providencias de mero trámite
- REVOCAR en parte